Reforma a la Ley General de Salud: registros prorrogables por diez años
Publicado el 15 de enero de 2026 · Ley General de Salud

Qué cambió
Una reforma a la Ley General de Salud mantiene el registro sanitario de cinco años para medicamentos y dispositivos médicos, pero permite prórrogas por plazos de diez años a solicitud del titular; si la prórroga no se pide a tiempo, o si se cambia el producto o el fabricante de la materia prima sin autorización, el registro se cancela. Un nuevo artículo 262 Bis sujeta a tecnovigilancia los dispositivos médicos con registro.
A quién afecta
Salud, farmacia y venta libre, Dental y médico. Tipos de producto en nuestra página de reglas: Medicamentos y suplementos, Dispositivos médicos.
La fuente y sus fechas
Ley General de Salud, texto vigente, Cámara de Diputados. Publicado el 15 de enero de 2026; en vigor desde el 16 de enero de 2026. Revisado contra la fuente el 11 de octubre de 2026.
Qué hacer
Si es titular de un registro sanitario de un medicamento o de un dispositivo médico, anote ya su vencimiento a cinco años y solicite la prórroga a tiempo: si se vence el plazo, o si cambia el producto o el fabricante del insumo sin autorización, el registro se cancela. Los titulares de dispositivos necesitan además un proceso de tecnovigilancia.
Los trámites los presenta y firma su agente aduanal, su contador o su abogado; esta página expone la regla y su fuente. ¿Lo necesita para su propio caso? Escríbanos.