Textiles y prendas de vestir salen de la garantía por precios estimados
Publicado el 14 de septiembre de 2026 · Diario Oficial de la Federación

Qué cambió
Una resolución deroga el anexo 4 de la resolución de 1994 por la que los importadores garantizan las contribuciones de mercancías declaradas por debajo de precios estimados. El anexo 4 contenía los precios estimados de textiles y prendas de vestir, así que desde el día siguiente a la publicación esas mercancías ya no requieren esa garantía.
A quién afecta
Textil, piel y calzado. Tipos de producto en nuestra página de reglas: Ropa.
La fuente y sus fechas
Diario Oficial de la Federación, por medio del Sistema de Información del Diario Oficial de la Federación (SIDOF) (Secretaría de Gobernación). Publicado el 14 de septiembre de 2026; en vigor desde el 15 de septiembre de 2026 (el día siguiente a su publicación). Revisado contra la fuente el 11 de octubre de 2026.
Qué hacer
Si importa textiles o prendas de vestir, indique a su agente aduanal que deje de otorgar la garantía por precios estimados en nuevas importaciones, y pregunte qué pasa con las garantías ya otorgadas.
Los trámites los presenta y firma su agente aduanal, su contador o su abogado; esta página expone la regla y su fuente. ¿Lo necesita para su propio caso? Escríbanos.